Colegio de Ingenieros de Lima denuncia que insisitir en Contratos de Gobierno a Gobierno son una afrenta a la ingeniería nacional y al país

Mediante Pronunciamiento público efectuado por el Colegio de Ingenieros del Perú – Consejo Departamental de Lima, señalan que, en línea con sus anteriores pronunciamientos sobre los Contratos de Gobierno a Gobierno, solicitan a la Presidenta de la República que         sirva observar el Proyecto de Ley de Contrataciones Públicas en lo que respecta a los denominados Contratos de Gobierno a Gobierno.

Detalla el CIP CDL, que estos discriminan abiertamente a los profesionales y empresas nacionales en su propio país, que es virtualmente colonizado por otra potencia, la cual dispone, como mejor le parezca, quiénes de sus connacionales diseñan, ejecutan y supervisan las obras que se les confía.

Agrega el Pronunciamiento, que la vigésima primera disposición complementaria final del proyecto aprobado por el Congreso de la República estipula que los Convenios de Gobierno a Gobierno –que no se aplican en ningún otro país–, solo podrán utilizarse para objetos contractuales de alta complejidad, en los que se requiera asistencia técnica especializada por parte de otro Estado.

Y precisa el CIP CDL que esto queda sujeto a un informe que sustente el alcance, las ventajas objetivas y el análisis de costos y beneficios que reporte esta modalidad, sin advertir que no existe ningún proyecto de alta complejidad que el Estado no haya podido licitar y contratar en el pasado, y que los profesionales y las empresas peruanas no hayan podido diseñar, supervisar y ejecutar exitosamente.

Dicha disposición complementaria, agrega el documento, no exige como condición para que prospere un Contrato de Gobierno a Gobierno que no exista en el país profesionales y empresas con capacidad y experiencia para desarrollar las obras cuya ejecución se convoca. En la eventualidad negada de que no hubiere ingenieros y compañías en condiciones de hacerlo, se debería propiciar la constitución de consorcios entre extranjeros y nacionales para promover, en efecto, un auténtico legado y una real transferencia tecnológica.

Igualmente, detalla el colegio profesional de los ingenieros de Lima, que también se estipula que los Contratos de Gobierno a Gobierno deben tener un costo de 40 mil UIT en adelante, lo que no constituye ninguna limitación importante, toda vez que cualquier carretera, hospital u obra de infraestructura importante supera ese monto.

Asimismo, precisa el Pronunciamiento, se abre la posibilidad de que se encarguen obras bajo esta modalidad, incluso sin expediente técnico, lo que representa un riesgo muy grande e innecesario. Salvo excepciones muy puntuales, los proyectos deben convocarse siguiendo su ciclo natural, con estudios definitivos concluidos y no con perfiles o factibilidades sin desarrollar, porque eso incrementa la incertidumbre y no permite tener una idea de los costos que se puedan requerir.

Igualmente, resalta el documento del CIP CDL, se admite que, si la ejecución física de la obra supera el 40 % del costo de  inversión –que es un límite muy bajo–, se debe contar solo con la opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público respecto a la capacidad de financiamiento para que pueda continuar bajo la modalidad de Gobierno a Gobierno, cuando en realidad ese nivel de inversión revela un fracaso rotundo que no se permite en ninguna otra modalidad de contratación pública.

Además, se dispone que se den por terminados, de pleno derecho, los contratos derivados de los Convenios Gobierno a Gobierno por actos de corrupción. Sin embargo, siguen ejecutándose contratos suscritos con empresas sancionadas e inhabilitadas a nivel internacional por el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo, precisamente, debido a actos de corrupción.

El Pronunciamiento público resalta que allí donde se ha recurrido a los Convenios Gobierno a Gobierno, se han encarecido las obras, no se han concluido dentro de sus plazos o se han detectado múltiples actos ilícitos, todo lo que se quiso hacer creer que se iba a evitar con esta modalidad de contratación. Basta revisar, para esos efectos, los casos de los hospitales Antonio Lorena y Sergio Bernales, la Carretera Central, el Viaducto Santa Rosa, así como la reconstrucción del Norte.

Añade que si bien es cierto, se ha incluido la obligación de que se entreguen los contratos a la Contraloría General de la República y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado –o al organismo que lo sustituya– solo cuando lo soliciten y no inmediatamente después de suscritos de manera transparente. No obstante, deberían difundirse a través del portal de cada entidad, en consideración al hecho de tratarse de la administración de fondos públicos que pertenecen a todos los peruanos y que deben someterse al escrutinio de toda la sociedad.

Finalmente, el Colegio de Ingenieros del Perú – Consejo Departamental de Lima reitera a la Presidenta de la República su solicitud de observar el mencionado Proyecto de Ley y de eliminar la vigésimo primera disposición complementaria final, que regula los Convenios Gobierno a Gobierno, a efectos de que esta modalidad de contratación, que constituye una afrenta a la ingeniería nacional y al país, sea proscrita de la legislación peruana.